Severidad| El artículo 331 de la pieza del Código Penal, que entra en vigencia en de agosto, es que establece esas sanciones El artículo 331 del Código Penal establece dichas sanciones.
Creado: 04.06.2026 | 10:00 Actualizado: 04.06.2026 | 10:00 Con la entrada en vigencia de la Ley núm.
74-25, que instituye el nuevo Código Penal en la República Dominicana, se imponen severas sanciones penales y económicas contra quienes intenten intimidar, amenazar o irrespetar a los actores del sistema de justicia en el ejercicio de sus funciones.
Dicha advertencia está establecida en el artículo 331 de la pieza legislativa, que entra en vigencia a partir del 6 de agosto, un año después de ser promulgada por el Poder Ejecutivo.
“Quien intimide o amenace a un juez, a un miembro del Ministerio Público, a un alguacil o a cualquier otra persona que ostente una función jurisdiccional, o a un árbitro, perito o intérprete, con el propósito de influir en sus decisiones o declaraciones, será sancionado con 2 a 3 años de prisión menor y multa de 9 a 15 salarios mínimos del sector público”, cita textualmente el referido artículo.
En ese sentido, el jurista Amadeo Peralta dijo que, en virtud de ello, los tribunales podrán aplicar la figura del cúmulo de penas, lo que agravaría significativamente la condena total si se configuran otros tipos penales de manera simultánea.
Asimismo, señaló que los declarados culpables estarán obligados a pagar indemnizaciones civiles por los daños y perjuicios causados a la autoridad agraviada, además de asumir los gastos legales del proceso.
Nacionales Ronny Mateo «Quien no tenga la solvencia económica para pagar la multa impuesta a favor del Estado podría ver extendida su permanencia en prisión con hasta 6 meses más de cárcel de manera subsidiaria», precisó.
Auxiliares La pieza legislativa no solo busca proteger a los funcionarios, sino también garantizar su absoluta integridad a través del artículo 332.
Este apartado establece que cualquier juez, miembro del Ministerio Público, secretario o auxiliar de la justicia que solicite o acepte dádivas, comisiones o ventajas para actuar o abstenerse de sus funciones, será sancionado con 5 a 10 años de prisión mayor y multas multiplicadas según sus ingresos.
En su párrafo único, advierte que será sancionado con las mismas penas de prisión mayor quien acceda a las solicitudes de soborno de los funcionarios o quien, por iniciativa propia, realice ofertas, promesas o regalos para alterar el curso de las funciones públicas.
Confiando en una sociedad más justa.
Periodista de larga experiencia Lo más reciente El Nacional Sudelka Garcia Frank Pacheco Frank Pacheco Agencia EFE.










