Quintaesencia Rafael Ciprián El debido proceso, del cual se habla mucho y se practica poco, es una de las garantías del Estado Social y Democrático de Derecho.
Nuestra Constitución lo reconoce como un derecho fundamental.
Protege a las personas frente a actuaciones arbitrarias de las autoridades judiciales y administrativas.
Así lo consagran, en esencia, los artículos 7, 68 y 69 de la Carta Magna.
Sin embargo, el reconocimiento formal de estas garantías no siempre significa que sean aplicadas de manera efectiva.
El desafío esencial del sistema judicial dominicano es la duración de los procesos.
El derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable, que debe ser fijado por la ley o por la razonabilidad, forma parte esencial del debido proceso.
Si un litigio se prolonga excesivamente, genera consecuencias graves, especialmente en materia penal, familiar, laboral o patrimonial.
La justicia retardada es una injusticia.
Con el logro de la rapidez no se puede justificar ningún procedimiento que limiten el derecho de defensa.
El acceso efectivo a la defensa es parte del debido proceso también, así como la igualdad ante la ley.
Las diferencias económicas determinan la capacidad de una persona para contratar su representación legal, aportar pruebas o sostener un litigio.
Por tanto, la asistencia jurídica adecuada no debe verse como un beneficio, sino como una condición necesaria para que el debido proceso sea verdaderamente igualitario.
La independencia y la imparcialidad judiciales constituyen elementos esenciales del debido proceso.
Los ciudadanos deben tener confianza en que sus casos serán decididos sin presiones políticas ni económicas, ni dentro ni fuera del Poder Judicial.
La motivación de las sentencias, la publicidad de los procesos y la existencia de mecanismos efectivos de impugnación contribuyen a controlar el ejercicio del poder judicial y fortalecen la legitimidad de sus decisiones.
La presunción de inocencia es una garantía fundamental.
Una persona investigada o acusada no es culpable hasta que exista una decisión judicial definitiva que le condene.
Más hoy que las noticias pueden difundirse con rapidez y producir consecuencias que trascienden el ámbito jurídico.
La eficacia de la justicia no puede medirse únicamente por el número de expedientes resueltos, como creen muchos operadores del sistema, sino también por el respeto de los derechos fundamentales, la calidad de las decisiones y la igualdad de las partes.
En síntesis, evitar las demoras injustificadas, fortalecer la defensa, preservar la independencia e imparcialidad judiciales y garantizar un acceso igualitario son tareas pendientes e indispensables para que el debido proceso deje de ser una aspiración y se consolide como una protección real para todas las personas.
Lo más reciente Frank Pacheco.











