El penalista exige al Ministerio Público de La Romana transparencia sobre el acuerdo entre las partes
El abogado penalista Félix Portes advirtió este 10 de septiembre de 2026 que, en el caso del expelotero Edwin Encarnación y el joven Gabriel Martínez Santana, la conciliación entre las partes no extingue la acción penal pública ni exime al Ministerio Público de investigar y explicar su decisión.
Portes se pronunció así al comentar la publicación de que reveló un posible acuerdo entre Encarnación, esposo de la comunicadora Karen Yapoort, y Martínez Santana, tras el incidente ocurrido en La Romana.
El jurista precisó que, si bien el nuevo Código Procesal Penal (Ley núm. 97-25) permite conciliar en cualquier etapa, cuando los hechos son de acción pública la titularidad es del Estado por conducto del Ministerio Público, y no de la sola voluntad de las partes.
En ese sentido, sostuvo que el Ministerio Público de La Romana está en el deber de informar con transparencia cuál fue la solución procesal adoptada: si ordenó un provisional o definitivo, bajo qué causales, si aplicó un criterio de oportunidad y a favor de quién, y cuáles tipos penales había designado provisionalmente.
Portes enfatizó que los principios de legalidad, objetividad y oportunidad (artículos 13, 15 y 14 de la Ley núm. 133-11) obligan a que la conciliación y otros mecanismos de la Ley núm. 97-25 sean reglados, no discrecionales, y que la reserva de la investigación no exime al Ministerio Público de explicar cómo y por qué dispuso de una acción de notorio interés público.









