
Expertos alertan sobre las consecuencias legales de retener fondos ajenos en República Dominicana
En un contexto donde los errores bancarios son frecuentes, la creencia de que se puede negociar la devolución de un depósito equivocado es peligrosa. El abogado Manuel Sierra advierte que gastar ese dinero constituye un delito civil y penal, con penas de hasta 10 años de cárcel.
El artículo 1376 del Código Civil Dominicano es claro: quien recibe por equivocación lo que no le corresponde está obligado a restituirlo. El abogado Manuel Sierra, exdefensor del Banco Central en el caso Baninter, explicó que retener o gastar esos fondos configura abuso de confianza y robo, delitos que pueden ser perseguidos tanto en la vía civil como en la penal. “Es una falsa creencia que los bancos están obligados a negociar”, afirmó.
Sierra detalló que, si el banco notifica al receptor y este hace caso omiso, la entidad puede demandar la devolución del dinero y daños y perjuicios. Además, el banco podría cancelar la cuenta del infractor. En el ámbito penal, la condena por abuso de confianza puede oscilar entre 3 y 10 años de prisión, lo que evidencia la gravedad del asunto.
Aunque algunos bancos optan por negociar para evitar escándalos públicos, esto no es una obligación legal. El experto subrayó que la negociación es una decisión discrecional de la entidad financiera, no un derecho del receptor. La vía judicial es el camino que puede tomar el banco si no se restituye el dinero de forma voluntaria.
Este caso refleja una tendencia creciente en el país: el desconocimiento de las obligaciones legales ante errores bancarios. Las autoridades y expertos insisten en la importancia de devolver de inmediato cualquier depósito no solicitado. La diáspora dominicana también debe estar alerta, pues estas normas aplican a cuentas en el extranjero con jurisdicción local. La educación financiera y legal es clave para evitar consecuencias devastadoras.









