
Expertos advierten que impedimentos sin orden judicial violan el libre tránsito y explican cómo reclamar
La Procuraduría General informó que solicitó a Migración levantar cualquier alerta de salida no emitida por un tribunal, lo que benefició a 56,140 personas, mientras cuatro abogados sostienen que esas restricciones son ilegales y recomiendan a los afectados acudir a las autoridades para regularizar su situación.
La Procuraduría General informó el martes, mediante nota de prensa, que solicitó a la Dirección General de Migración (DGM) levantar cualquier alerta e impedimento de salida del país que no haya sido emitida por un tribunal. Según el órgano persecutor, la actualización del sistema migratorio, resultado de más de seis meses de trabajo con la DGM y una auditoría de tres décadas de datos acumulados sin actualización de oficio, permitió eliminar esa traba a 56,140 personas.
Los registros de esos ciudadanos carecían de sustento judicial y limitaban su derecho al libre tránsito, ya sea por procesos judiciales cumplidos hace tiempo o por errores administrativos. Los abogados José Valdez, Manuel Soto Lara, Cándido Simó y Freddy Díaz sostienen que las alertas migratorias son ilegales y que un impedimento de salida solo procede mediante orden judicial, por lo que recomiendan a los afectados acudir a la Procuraduría General a depositar certificaciones que demuestren que no tienen casos pendientes o decisiones judiciales que les prohíban viajar.
Para confirmar si existe un impedimento, los juristas indican que se debe solicitar una certificación de estado en la DGM, que se expide únicamente a la persona afectada, o acudir a la Procuraduría General, aunque señalan que esta última suele ser reacia a proporcionar información. En Migración se debe pagar 2 mil pesos para realizar la solicitud. Si la persona estuvo en un proceso judicial, debe presentar certificaciones de sentencias que hayan levantado el impedimento o fallos concluidos a su favor.
El caso del exprocurador Jean Alain Rodríguez refleja la problemática: en septiembre del año pasado, el juez Franny González, de la Cuarta Sala Penal, acogió un habeas data y ordenó a Migración entregar el documento que dispuso la restricción migratoria en noviembre de 2020 y junio de 2021, con una sanción de 30,000 pesos por cada día de retraso. Sin embargo, según el abogado de Rodríguez, Carlos Balcácer, Migración nunca entregó la documentación porque alegaron que la alerta fue en una administración pasada y que no encontraron ningún oficio de la Procuraduría General. La entonces procuradora Miriam Germán Brito admitió que las alertas no están permitidas en la legislación dominicana.











