Fallo de la Corte Permanente de Arbitraje marca precedente en protección de inversiones
El tribunal arbitral internacional desestimó el 19 de agosto de 2026 una demanda de más de US$100 millones contra el Estado dominicano, en un caso que redefine los límites de los acuerdos de inversión con Francia.
El laudo, emitido en el marco del tratado bilateral de protección de inversiones entre Francia y República Dominicana, rechazó todas las reclamaciones económicas del inversionista francés Yves Martine Garnier. La disputa, administrada por la Corte Permanente de Arbitraje, se originó el 4 de octubre de 2021 por la rescisión del contrato de concesión de recogida de basura en Santo Domingo Este.
Este fallo envía una señal clara a la comunidad internacional de inversores: el Estado dominicano puede hacer valer su ordenamiento jurídico sin temor a represalias económicas desmedidas. Los tribunales arbitrales reconocieron que la cancelación del contrato con EGTT Dominicana fue legítima, debido a los incumplimientos en la prestación del servicio.
El caso es relevante para toda la región latinoamericana, donde los arbitrajes internacionales contra Estados por decisiones regulatorias son una tendencia creciente. La decisión de la Corte Permanente de Arbitraje refuerza la soberanía regulatoria de los países en vías de desarrollo frente a inversores extranjeros.
El ministro de Industria, Comercio y Mipymes, Yayo Sanz Lovatón, calificó el fallo como un respaldo a la posición institucional y a las obligaciones del Estado. La defensa legal estuvo a cargo de Foley Hoag LLP, con la coordinación del MICM y el Ayuntamiento de SDE, y la integración posterior del Ministerio de Justicia, según la Ley 80-25, lo que demuestra una estrategia jurídica coordinada a nivel nacional.











