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Constitucional anula decreto que limitaba renovación de licencia y sienta precedente contra doble tributación

Constitucional anula decreto que limitaba renovación de licencia y sienta precedente contra doble tributaciónConstitucional anula decreto que limitaba renovación de licencia y sienta precedente contra doble tributación

Fallo del TC acaba con restricción de dos años para mayores de 65 y 75 años

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el párrafo del decreto 6-19, modificado por el 330-26, que limitaba a dos años la renovación de la licencia de conducir para personas de 65 años en adelante. La decisión, que acaba con un cobro completo por un documento de vigencia reducida, marca un precedente en la lucha contra la doble tributación y en la protección de los derechos de los adultos mayores.

Mediante la sentencia TC/0924/24, emitida el 14 de septiembre de 2026, el Tribunal Constitucional acogió una acción directa de inconstitucionalidad y anuló el párrafo (a) del artículo 21 del decreto 6-19 sobre Reglamento de Licencias de Conducir, del 8 de enero de 2019, modificado por el decreto 330-26, del 15 de mayo de 2026. La disposición establecía que los mayores de 65 años solo podían renovar su licencia por dos años, restricción que luego se extendió a los mayores de 75 años con el decreto 330-26.

El origen de esta lucha se remonta al 16 de octubre de 2024, cuando inició una serie de reportajes tras detectar una violación a la Constitución. El recurso de inconstitucionalidad fue presentado por Fanny Josefina Melo Abreu y Héctor Manuel Melo Abreu, luego de que los reportajes documentaran que a los adultos mayores se les renovaba el documento por solo dos años pero se les cobraba la tarifa completa como si fuera por cuatro años.

Un primer logro parcial se alcanzó cuando el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), por mandato del presidente Luis Abinader, redujo a la mitad el monto que pagaban los mayores de 65 años por la renovación, al considerar que se trataba de una doble tributación. Luego, el decreto 330-26 dispuso que solo se renovara por dos años la licencia a las personas de 75 años en adelante, en vez de 65.

Previo a estas medidas, los periodistas de José Antonio Torres, Héctor Minaya, Leo Corporán y Christian Oviedo elevaron un recurso de amparo ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) para que la medida fuera declarada inconstitucional. Hasta la fecha, el TSA mantiene el recurso en estado de fallo, a pesar de tratarse de un recurso de urgencia. La sentencia del Tribunal Constitucional representa un triunfo para los derechos individuales y un precedente contra la doble tributación en el país.

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