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Bocio Familia propone nuevo paradigma jurídico: prevención y compliance

Bocio Familia propone nuevo paradigma jurídico: prevención y complianceBocio Familia propone nuevo paradigma jurídico: prevención y compliance

Candidato al CARD plantea que la responsabilidad penal no deriva automáticamente de fallos profesionales

El jurista y candidato a la presidencia del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), Joaquincito Bocio Familia, presentó ante el Colegio Dominicano de Notarios una visión de una nueva cultura jurídica basada en la prevención, el cumplimiento normativo y la responsabilidad profesional.

Durante su conferencia, Bocio Familia subrayó que la seguridad jurídica no depende solo de las normas, sino de la responsabilidad, preparación y rigor con que se aplican. En ese sentido, destacó el papel del notario como garante de la seguridad jurídica preventiva, cuya labor trasciende la simple autenticación de documentos y contribuye a preservar la legalidad, la confianza y la certeza en los actos y negocios jurídicos.

El candidato al CARD abordó la relación entre la función notarial, la responsabilidad profesional y las nuevas tendencias de prevención del riesgo penal. Explicó que el actual escenario jurídico demanda fortalecer una cultura de prevención, control y cumplimiento, especialmente ante la incorporación de mecanismos de compliance y las nuevas reglas sobre responsabilidad de las personas jurídicas. Advirtió que un programa de cumplimiento no debe ser un documento para exhibir ante una autoridad, y detalló que un sistema efectivo debe incluir políticas de conducta, identificación de riesgos, capacitación, controles internos, mecanismos de denuncia, investigación, supervisión y revisión permanente.

Bocio Familia enfatizó la necesidad de diferenciar entre responsabilidad profesional y responsabilidad penal, advirtiendo que no todo incumplimiento profesional constituye automáticamente un delito. Explicó que para establecer responsabilidad penal debe existir una conducta previamente contemplada por la ley como infracción y que concurran los elementos necesarios para atribuirla. Precisó que la ausencia de un programa de compliance, por sí sola, no implica automáticamente una condena penal para un notario; sin embargo, indicó que cuando el profesional incurre en una conducta que reúna los elementos de un tipo penal, puede generarse responsabilidad penal, sin perjuicio de las consecuencias civiles o disciplinarias que correspondan.

A su juicio, esta diferenciación resulta fundamental para preservar los principios de legalidad, debido proceso y seguridad jurídica. Planteó que el notario debe ser visto como un profesional que participa activamente en la prevención de conflictos y en la protección de los derechos y el patrimonio de las personas. “El notario es un actor de prevención jurídica”, afirmó, y consideró que el ejercicio de la función notarial demanda rigor, imparcialidad, legalidad, ética y actualización permanente, debido al impacto que sus actuaciones pueden tener sobre las relaciones jurídicas y patrimoniales.

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