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Código Penal dominicano: entre la lucha contra la extorsión mediática y el riesgo de autocensura

Código Penal dominicano: entre la lucha contra la extorsión mediática y el riesgo de autocensuraCódigo Penal dominicano: entre la lucha contra la extorsión mediática y el riesgo de autocensura

Debate nacional sobre libertad de expresión y responsabilidad penal de medios

Un periodista con 20 años de experiencia analiza el nuevo Código Penal dominicano y advierte que, aunque necesario para castigar la extorsión mediática, su amplitud podría generar autocensura y afectar la libertad de expresión. El debate se centra en la responsabilidad penal de las personas jurídicas y el efecto inhibidor.

En un contexto regional donde varios países discuten cómo regular los delitos cometidos en plataformas digitales, República Dominicana debate un nuevo Código Penal que busca enfrentar la extorsión mediática, el chantaje y la difamación. Un periodista con 20 años de ejercicio profesional sostiene que la libertad de expresión es un pilar democrático, pero también el derecho al honor y a la reputación deben protegerse.

El comunicador denunció que se ha desarrollado una industria del descrédito donde algunos, disfrazados de comunicadores, negocian reputaciones, venden silencios y convierten la mentira en un negocio. Por eso, consideró obligación del Estado adecentar el ecosistema mediático y separar al periodista del mercenario, al comunicador del chantajista y al investigador serio del extorsionador profesional.

Sin embargo, advirtió que el error fue intentar resolver un problema específico mediante un instrumento tan amplio como el Código Penal. A su juicio, el fenómeno pudo enfrentarse con una ley especial dirigida exclusivamente contra la extorsión mediática, el chantaje y las falsas imputaciones dolosas, con garantías para proteger simultáneamente el honor y la libertad de expresión.

El aspecto más delicado, señaló, es la responsabilidad penal de las personas jurídicas, pues una empresa de comunicación podría responder penalmente por actuaciones de periodistas, directivos o empleados, enfrentando multas, decomisos, clausuras e incluso medidas que comprometan su continuidad. Citó el derecho comparado y el llamado efecto inhibidor (chilling effect): no hace falta encarcelar periodistas para limitar la libertad de expresión, basta una amenaza penal amplia para que muchos decidan callar. Una democracia donde los ciudadanos hablan con miedo deja de ser plenamente libre, aunque nadie haya sido condenado.

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