Segundo Tribunal Colegiado rechaza extinguir acción penal contra 12 acusados de corrupción
El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazó este lunes extinguir la acción penal contra doce acusados de presunta corrupción administrativa en el expediente que encabeza el exprocurador general Jean Alain Rodríguez. La jueza Clara Castillo sostuvo que, aunque el plazo legal se ha superado, el tiempo transcurrido «ha sido razonable» y que el caso «durará el tiempo que sea necesario».
La jueza Clara Castillo, al dar a conocer la decisión, argumentó que el conocimiento del expediente ha superado el plazo que contempla la ley, pero que los más de cinco años en varios tribunales «han sido razonables» debido a la gran actividad procesal. Castillo indicó que el Segundo Tribunal Colegiado ha hecho un gran esfuerzo para ventilar la causa, trabajando «innumerables horas», y ha emitido 20 resoluciones en respuesta a incidentes, aunque todavía no ha comenzado la lectura de la acusación.
En el año y siete meses que lleva el expediente en el Segundo Tribunal Colegiado, «este no ha estado durmiendo un sueño eterno», afirmó. «El caso durará el tiempo que sea necesario», enfatizó. Reiteró que, aunque el plazo haya vencido, no puede ser matemático.
Al pronunciar la decisión, Castillo advirtió a los procesados que el límite del plazo razonable «llegará cuando las partes estén todas dispuestas a que esto (el expediente) se conozca y avance». «Plazo razonable, como decían algunos de los abogados, no implica que esto no tenga un límite. Esto deberá tener un límite, pero el límite llegará cuando las partes estén todas dispuestas a que esto se conozca y que esto avance», subrayó.
Al hablar también por sus compañeras Claribel Nivar Arias y Yissell Soto, Castillo dijo que es un «criterio establecido y reiterado de ese tribunal que el plazo no es matemático». Los 12 acusados que solicitaron la extinción de la acción penal, luego de que fuera rechazada la petición del exprocurador general, alegaron que ya habían transcurrido los cuatro años máximos que, según sostienen, establece la ley procesal sin que se emita una sentencia. Estos son Jonathan Loanders Medina, Javier Alejandro Forteza, Altagracia Guillén Calzado, Isis Tapia Stefanni, Alfredo Alexander Solano Augusto, Miguel José Moya, Ramón Lucrecio Burgos Acosta, Francis Ramírez Moreno, Rafael Antonio Mercedes, Félix Antonio Rosario Labrada, Juan Asael Martínez y Alejandro Martín Rosa Llanes.










