El fallo cierra el proceso por la venta irregular de terrenos y sienta jurisprudencia sobre plazos procesales
La Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional confirmó la extinción de la acción penal en el caso de los terrenos de Los Tres Brazos, rechazando los recursos del Ministerio Público y la CNDH-INC. La decisión, basada en el vencimiento del plazo máximo del proceso, marca un hito en la aplicación de la Ley 10-15.
El tribunal, presidido por Isis Muñoz e integrado por Teófilo Andújar y Luis Omar Jiménez, determinó que no existieron los vicios señalados por quienes recurrieron la decisión, por lo que mantuvo en todas sus partes la sentencia previamente emitida. La corte también dispuso compensar las costas del proceso, conforme al artículo 250 del Código Procesal Penal, y estableció que la lectura del fallo equivale a notificación para todas las partes involucradas.
La decisión se sustenta en el artículo 44 del Código Procesal Penal, que contempla la extinción de la acción penal como una de las vías para poner fin a un proceso judicial cuando se cumple alguna de las trece circunstancias que la norma establece. En este caso aplicó el vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, fijado en cuatro años por la Ley 10-15, que modificó el artículo 148 del Código Procesal Penal, contados desde los primeros actos procesales (solicitudes de medidas de coerción y anticipos de pruebas), con la posibilidad de una extensión de doce meses adicionales únicamente en caso de sentencia condenatoria, para la tramitación de los recursos.
La apelación había sido interpuesta contra la decisión del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, emitida el 22 de abril de 2024. Entre los recurrentes figuraban el exdirector de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, junto a los fiscales Rosa María Pichardo, José Miguel Marmolejos Vallejo y Wagner Cubilete, así como la CNDH-INC, representada por su presidente Manuel María Mercedes Medina y los abogados Juana Magalis Leisón García y Luis Mena Tabárez.
Entre los acusados en el proceso se encuentran el exdirector de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (Corde), Leoncio Almánzar; el exgerente inmobiliario de esa entidad, Manuel Aybar Ferrando; el ex consultor jurídico Irving José Cruz Crespo, y la exregistradora de Títulos del Distrito Nacional, Rosabel Castillo Rolffot. También fueron señalados Juana Inés Gómez Williams, representante de Proyecciones Gowi S.R.L.; Domingo Gerardo Lebrón de los Santos, presidente de Inversiones Fernández Parache y Asociados (Infepa), S.R.L.; los empleados de esa firma Carlos Aris Gómez Williams y Julio César Gómez Williams; José Enrique de Pool Dominici, principal accionista de la inmobiliaria Titulatec; los agrimensores Ana Antonia Ozuna Nolasco y Hadonis Ruiz Mella, y Lisetel González, señalada de haber prestado su nombre, en su condición de conviviente de Manuel Aybar, para recibir dos apartamentos en beneficio del exgerente de Corde. El Ministerio Público acusó además a las sociedades comerciales Proyecciones Inmobiliarias Gowi S.R.L. (Proyinsa), Soluciones Electrónicas Sidenet S.R.L., Infepa, Titulatec S.R.L. y Teknowlogic Dominicana S.R.L. El expediente se remonta a la supuesta venta irregular de cuatro millones de metros cuadrados de terreno en Los Tres Brazos.











