El (TC) validó la disposición de la (590-16) que permite utilizar el para constatar la capacidad psicofísica de los agentes y sanciona como falta muy grave la negativa injustificada a someterse a esa prueba.
La demanda, interpuesta por , también cuestionaba disposiciones sobre la integración del , las comisiones independientes, el régimen disciplinario, el retiro de los agentes y los.
Sin embargo, la alta corte declaró todos los artículos impugnados.
Respecto al , el accionante alegaba que sancionar la negativa a someterse a esa prueba violaba el contra sí mismo, reconocido en la.
El rechazó ese argumento al considerar que el examen forma parte del de la Policía Nacional y se utiliza para verificar la para prestar servicio.
La recuerda que ese criterio fue fijado en la decisión , en la que el alto tribunal concluyó que la prueba del polígrafo integra los mecanismos de de los cuerpos responsables de la seguridad ciudadana.
En ese precedente sostuvo que estas «constituyen medidas idóneas y afines con el actualmente vigente en materia de ingreso y evaluación de aquellos funcionarios cuya función persigue la protección a la «.
Asimismo, señaló que los están sometidos a un , pueden ser objeto de ..










