La ( ) advirtió que el , retraso o ejecución incompleta de las (TC) debilita el de y convierte en ineficaz la protección judicial de los derechos, pero al mismo tiempo planteó que cualquier sanción contra funcionarios responsables debe estar expresamente sustentada en la ley.
La posición introduce un matiz en el debate sobre qué hacer con las instituciones públicas que se resisten a ejecutar decisiones del máximo intérprete de la : las deben cumplirse, pero el propio tampoco puede sancionar al margen de las legalmente.
recordó que el de la dispone que las decisiones del son definitivas, irrevocables y vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos estatales.
La , Orgánica del y de los Procedimientos Constitucionales, reafirma esa obligatoriedad y establece, además, que el TC tiene para resolver las dificultades relacionadas con la ejecución de sus decisiones.
Para la organización, que una reconozca un pero permanezca indefinidamente sin ejecutarse equivale en la práctica a dejar incompleta la.
«El reconocimiento de un pierde sentido cuando la decisión que lo protege permanece indefinidamente sin materializarse», sostiene el documento firmado por , vicepresidente ejecutivo de.
La entidad plantea, sin embargo, que antes de atribuir debe determinarse qué produjo la.
considera necesario distinguir entre una para cumplir una , una , un y una resistencia deliberada de la autoridad.
Esa diferenciación sería indispensable antes de aplicar una , requerimiento o cualquier otra consecuencia contra un.
La advertencia cobra relevancia porque el propio ha reconocido las dificultades para conseguir que organismos públicos ejecuten sus decisiones.
La alta corte incluso cuenta con una Unidad de Seguimiento de Ejecución de y desde abril publica un listado de responsables de.
En mayo pasado, el presidente del TC, , llegó a reclamar que el Congreso otorgue » » al organismo para garantizar la ejecución efectiva de sus fallos, reconociendo que existen que distintas instituciones todavía no han cumplido.
El problema tampoco es nuevo.
Ya en 2018 el entonces presidente del TC, , planteaba la necesidad de reformar la legislación para permitir mecanismos más fuertes contra el , incluyendo y otras medidas expresamente establecidas por ley.
Uno de los ejemplos más recientes ocurrió con la.
Mediante la TC/0736/26, publicada el 7 de agosto, el Constitucional ordenó a la institución pagar a , viuda del general retirado José Antonio Feliciano Castillo, por 569 días adicionales de de una decisión relacionada con derechos de pensión.
El mismo expediente ya había generado otra por , por lo que las derivadas del alcanzarían RD$6,455,000 si permanecen pendientes.
El TC determinó que la había cumplido parcialmente con la adecuación de la pensión, pero no acreditó haber pagado el retroactivo ordenado, razón por la cual consideró que persistía un » injustificado».
En paralelo, el estudia un de ejecución de definitivas, presentado por el senador , que busca establecer mecanismos para garantizar el cumplimiento de decisiones judiciales y definir las competencias relacionadas con su ejecución.
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos todavía analizaba la iniciativa en junio pasado.
propone precisamente avanzar en esa dirección: fortalecer los , establecer una mejor coordinación entre las instituciones y determinar desde el principio qué o dependencia tiene la de ejecutar cada decisión..









