Iniciativa busca tipificar el reclutamiento y proteger a menores víctimas de grupos armados irregulares
El Gobierno depositó en el Senado un proyecto de ley que busca tipificar y sancionar el reclutamiento, la utilización y la participación de menores de 18 años en grupos armados irregulares y organizaciones delictivas, y que contempla que las víctimas menores de edad no serán penalmente responsables por los hechos que cometan, incluso cuando hayan participado en actos violentos.
La propuesta, que tiene como objetivo castigar con 15 a 20 años de prisión a quienes recluten, utilicen, incorporen o retengan a menores de edad en grupos armados irregulares y organizaciones delictivas, establece en su artículo 22 que la exención de responsabilidad penal se refiere a hechos cometidos como consecuencia directa del sometimiento, la coacción, la instrumentalización o hechos derivados del reclutamiento.
El proyecto dispone que los menores víctimas no podrán ser sometidos a medidas punitivas, disciplinarias o sancionatorias por su sola vinculación, permanencia, fuga, deserción o desvinculación del grupo armado irregular, y que deberán recibir medidas de protección, atención médica y psicológica, restitución de derechos y reintegración social. Además, contempla que su condición de víctima no dependa de que hayan portado armas o participado en actos violentos.
Las sanciones podrían elevarse a un rango de 20 a 30 años cuando se presenten circunstancias agravantes, entre ellas que la víctima tenga menos de 14 años, que haya violencia, amenazas, secuestro o privación ilegítima de libertad, o que el menor sea destinado a cometer delitos graves como homicidio, extorsión o narcotráfico. También se contemplan agravantes cuando el responsable se aproveche de la pobreza extrema, el abandono o la vulnerabilidad de la víctima, cuando utilice medios digitales para captar menores o cuando sea una persona con autoridad, custodia o confianza sobre ellos.
La iniciativa incluye como formas de cometer estos delitos la captación mediante engaños, promesas, intimidación o presión grupal, así como el contacto con menores a través de redes sociales, servicios de mensajería y otras plataformas digitales. Asimismo, permite que los tribunales impongan medidas adicionales a la prisión y las multas, como la inhabilitación para ejercer funciones relacionadas con el cuidado, la formación, la custodia o la seguridad de menores, y contempla la reparación de los daños causados a las víctimas, incluidos los gastos de atención médica, psicológica, rehabilitación y reintegración social. La iniciativa se fundamenta en la protección reforzada de los derechos de niños, niñas y adolescentes establecida en la Constitución y en la Convención sobre los Derechos del Niño.











