Sentencia del Primer Circuito exige garantías legales y siembra dudas sobre traslados
El Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de Estados Unidos confirmó el 18 de septiembre una sentencia que declara ilegal la política de deportaciones expeditas a terceros países, lo que pone bajo examen el memorando firmado en mayo con República Dominicana para recibir migrantes en tránsito temporal.
La decisión judicial establece que las personas afectadas deben recibir aviso efectivo del destino y una oportunidad real de alegar que podrían sufrir persecución o tortura. No prohíbe todas las deportaciones a terceros países ni invalida los acuerdos con gobiernos receptores, pero sí impone requisitos legales a la salida de quienes están amparados por el fallo.
En el caso dominicano, la aceptación de una persona por parte de República Dominicana no exime a Estados Unidos de cumplir con esos requisitos. Si un traslado se ejecuta sin las garantías exigidas, el problema jurídico recae en las autoridades estadounidenses, aunque el memorando bilateral siga vigente. Nueve personas ingresaron recientemente al país bajo ese mecanismo y varias ya lo abandonaron; no se ha precisado públicamente si estaban comprendidas en la categoría protegida por el fallo.
La Cancillería dominicana presentó el acuerdo, firmado en mayo, como un mecanismo de tránsito temporal. El canciller Roberto Álvarez explicó entonces que recibiría a personas que no hubieran ingresado al sistema migratorio estadounidense y que serían retornadas a sus países de origen en cuestión de días. También afirmó que el memorando no es jurídicamente vinculante, puede terminarse por decisión de cualquiera de las partes y excluye a haitianos, menores no acompañados y personas con antecedentes penales.
Esa descripción oficial introduce una diferencia con el litigio estadounidense, centrado en personas que ya tienen órdenes de deportación. Por ello, no puede concluirse que la sentencia haya paralizado automáticamente el mecanismo con República Dominicana. Tampoco basta llamar «tránsito» a una operación para resolver cualquier duda sobre su legalidad: importan la situación migratoria de cada persona, las condiciones de su traslado y el destino posterior.











