Nuevo mecanismo acorta plazos sin sacrificar competencia ni publicidad
La Ley 47-25 introduce la licitación pública abreviada, una figura que promete dinamizar las contrataciones estatales de bienes y servicios estandarizados. Analizamos su alcance y diferencias con esquemas anteriores.
La licitación pública abreviada es una modalidad introducida por la Ley 47-25, concebida como una variante más ágil de la licitación pública. De acuerdo con la definición del artículo 62, se trata de un procedimiento de licitación pública en el cual la convocatoria a presentar ofertas se realiza en un plazo reducido. En esencia, mantiene el carácter público y competitivo de la licitación, pero acortando los tiempos del proceso.
La ley limita su aplicación a supuestos específicos: solo puede usarse licitación abreviada cuando el objeto de la contratación son bienes o servicios de tipo común y estandarizado, cuyo monto alcanza el umbral de licitación pública. Es decir, frente a una necesidad de adquisición grande, siempre que su naturaleza sea rutinaria u homogénea, se permite convocar en menos tiempo que una licitación ordinaria, sin sacrificar la concurrencia de oferentes.
Esta modalidad busca agilizar y eficientizar los procesos de compra de ciertos bienes y servicios, reduciendo la carga burocrática de tiempo cuando no se justifica un plazo extenso para preparar ofertas, puesto que el objeto es estándar y conocido en el mercado. La licitación pública abreviada mantiene la obligatoriedad de la publicidad y transparencia; aún con plazos más cortos, debe publicarse la convocatoria en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, garantizando que cualquier proveedor elegible se entere y pueda participar.
A diferencia de la licitación restringida contemplada en la anterior ley que regulaba las compras estatales, que invitaba solo a proveedores preseleccionados, en la licitación abreviada no se limita a un grupo cerrado de invitados; la participación sigue abierta, pero se ajustan los tiempos. Suele emplearse en casos donde la institución requiere con urgencia un bien o servicio común de alto valor, pudiendo así obtener ofertas competitivas en corto tiempo. El procedimiento es similar al de una licitación pública regular (convocatoria, presentación, evaluación, adjudicación), con la única diferencia en la reducción de plazos. Por Henry Nuñez











