Justicia ordena educación virtual y multa de RD$5,000 diarios a directivos y al Ministerio de Educación
El Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes de Puerto Plata acogió una acción de amparo contra The International School of Sosua por vulnerar derechos fundamentales de una estudiante. La sentencia sienta un precedente sobre la responsabilidad de los centros educativos y del Ministerio de Educación.
La magistrada Franchesca María Tejada Ventura, jueza presidenta del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial de Puerto Plata, dictó la sentencia civil Núm. 312-2026-SSENC-00207 que condena al colegio The International School of Sosua, a su director José Ruiz Taveras, a Ryan Bunker y su equipo de gestión, y al Ministerio de Educación por vulnerar derechos fundamentales de una estudiante menor de edad.
La decisión ordena el pago de un astreinte de RD$5,000 por cada día de retraso en el cumplimiento de lo ordenado. El tribunal determinó que el retiro público de la menor del aula, la imposición de sanciones sin debido proceso y el fomento de un entorno hostil configuran una vulneración estructural al derecho a la educación.
La sentencia establece que la educación presencial no puede imponerse cuando se convierte en fuente de humillación, y ordena que el centro garantice de manera inmediata, continua y sin interrupciones la educación virtual como forma exclusiva de continuidad. También se recogió que la menor presentaba sentimientos de miedo, inseguridad y estrés, y se hace referencia a conductas de hostigamiento o acoso digital.
En el proceso participaron el Ministerio Público Especializado de Niños, Niñas y Adolescentes, el Ministerio de Educación y Conani. El nombre de la menor se omite por razones legales. La sentencia sienta un precedente sobre la obligación de las instituciones educativas de garantizar un entorno seguro y libre de violencia.











