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Politica

Suspensión laboral en emergencias: ¿qué cambia con la reforma?

La Cámara de Diputados aprobó en primera discusión un proyecto que modifica el Código de Trabajo para incluir nuevas causales de suspensión de contratos durante estados de excepción, emergencias sanitarias y desastres naturales. La iniciativa añade un decimotercer numeral al artículo 51, permitiendo la suspensión cuando las medidas presidenciales o sanitarias impidan la asistencia al trabajo y no sea posible el teletrabajo.

La reforma también modifica el artículo 165 para que el Poder Ejecutivo pueda declarar días no laborables por razones de seguridad, emergencia o desastres, exceptuando servicios esenciales como salud, agua y electricidad. La suspensión no equivale a despido, sino que detiene temporalmente obligaciones laborales.

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