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Economia

Teletrabajo y atención de emergencia quedan protegidos en nuevo reglamento laboral

Sisalril | El nuevo reglamento fortalece la afiliación obligatoria, mejora el cálculo de prestaciones y ordena actualizar pensiones cada año según la inflación.

Sede la SISALRIL Creado: 01.06.2026 | 14:42 Actualizado: 01.06.2026 | 14:42 En: Más cobertura para los trabajadores, protección en modalidades como el teletrabajo, atención médica de emergencia sin trabas administrativas y pensiones actualizadas cada año son parte de los cambios que introduce el nuevo Reglamento sobre el Seguro de Riesgos Laborales (SRL), impulsado técnicamente por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) y promulgado mediante el Decreto núm.

287-26.

La nueva disposición sustituye el Decreto núm.

548-03, vigente desde hace más de dos décadas, y actualiza el funcionamiento de este componente del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) frente a las transformaciones del mercado laboral y la estructura institucional surgida tras la creación del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL).

Entre los principales cambios se reafirma la incorporación del principio protector, que establece que, ante cualquier duda de interpretación de la ley o sus normas prevalecerá la disposición más favorable al trabajador.

El reglamento también convierte en permanente la afiliación obligatoria al Seguro de Riesgos Laborales para todo trabajador, incluso en empresas con un solo empleado, una medida que se aplicaba de manera transitoria mediante resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).

Nacionales El Nacional Además, reconoce modalidades como el teletrabajo y/o el trabajo a distancia, garantizando a estos empleados los mismos derechos y prestaciones que reciben quienes laboran de forma presencial.

La normativa también modifica la forma de calcular el subsidio por incapacidad temporal, utilizando divisores ajustados a la jornada legal de cada sector para hacer más transparente y justo el cálculo de las prestaciones económicas.

En materia de pensiones, incorpora de manera expresa el pago de la pensión número 13 y dispone la actualización anual de las pensiones por discapacidad y sobrevivencia tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El decreto fortalece además los mecanismos de reclamación y defensa para los trabajadores, al establecer plazos y vías de recurso ante el IDOPPRIL, la SISALRIL, el CNSS y la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, define las responsabilidades de las instituciones que intervienen en el Seguro de Riesgos Laborales para mejorar la coordinación entre entidades como el CNSS, la SISALRIL, el IDOPPRIL y la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

La disposición también incorpora mecanismos orientados a fortalecer la sostenibilidad financiera del SRL, incluyendo la supervisión de reservas técnicas y el uso de excedentes para programas especiales de protección a los trabajadores.

La propuesta fue sometida a consulta pública y entró oficialmente en vigencia con su publicación en 1 de mayo de 2026, consolidando uno de los procesos de actualización normativa más importantes requeridos por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales para fortalecer la protección de los trabajadores y actualizar el SRL.

Es la voz de los que no tienen voz y representa los intereses de aquellos que aportan y trabajan por edificar una gran nación Lo más reciente Agencia EFE Leo Corporán Alexis Alvarez El Nacional Danilo Cruz Pichardo.

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