Decisión unánime del tribunal electoral refuerza el uso de la vía ordinaria en conflictos internos partidarios
El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible, por notoriamente improcedente, una acción de amparo que pretendía frenar la consulta ciudadana del PLD del 18 de octubre de 2026. La sentencia unánime marca un precedente sobre los límites del amparo en la jurisdicción electoral.
La decisión fue adoptada de manera unánime por los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del TSE; Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán, jueces titulares. El tribunal determinó que la acción es inadmisible porque el asunto ya está siendo conocido por la jurisdicción electoral mediante la vía ordinaria, por lo que el amparo no constituye la vía procesal correspondiente.
La acción de amparo fue interpuesta el 14 de septiembre de 2026 por el ciudadano Dáyamo Victoriano Ramírez, quien solicitaba al TSE ordenar al PLD, a su Comité Central, a la Comisión Organizadora de la Consulta (CONAP) y a cualquier órgano dependiente abstenerse de realizar, organizar, ejecutar o promover actos relacionados con la consulta cuestionada. Pedía suspender votaciones, habilitación de centros, movilización del padrón, escrutinio, proclamación, publicación y comunicación de resultados.
La decisión está contenida en el dispositivo de la Sentencia TSE/0033/2026, correspondiente al expediente núm. TSE-05-0011-2026. El tribunal fundamentó su fallo en el artículo 70, numeral 3, de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, así como en el artículo 132, numeral 3, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.
Con esta decisión, el TSE no acogió la vía de amparo planteada y la controversia sigue su curso por la vía ordinaria. El fallo refuerza la doctrina de que el amparo no puede sustituir los procesos electorales ordinarios, un mensaje relevante para los partidos y actores políticos en el contexto dominicano.










