El solicitó al del Distrito Nacional rechazar la solicitud de extinción de la en el caso de presunta corrupción que se le sigue al exprocurador general y mantener su propio criterio cuando denegó la misma petición en el caso de los hermanos Alexis y Carmen Magalys Medina Sánchez.
La titular de la Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa ( ), , le recordó al su rechazo a declarar extinguido el proceso contra los , a pesar de que el superaba los.
Ortiz subrayó que un criterio similar fue aplicado recientemente por el en el caso del y otros militares, cuya duración ya excedía los cinco años.
Sostuvo, además, que las diferentes salas de la corte, instancias superiores, y el mismo ya han establecido que al momento de valorar el de los «se debe tomar en cuenta la complejidad del caso previamente declarada por un juez competente, las conductas de las partes frente al proceso y la negligencia o «.
En ese sentido, Ortiz afirmó que la actuación del no merece una sanción o el castigo por ese caso, de acogerse la solicitud de Rodríguez de cesar la en su contra.
Asimismo, citó la declaratoria de complejidad del contra Rodríguez y demás acusados, a través de la que impuso la a los procesados en el.
La directora de la agotó su turno de réplica a los planteamientos de la del exfuncionario, que insiste en que la persecución ya superó el tiempo máximo de los que establece el , al sobrepasar el lustro.
Al respecto, Ortiz explicó que, aunque la del fija en su la del proceso, el párrafo sexto de dicho ordinal remite directamente al artículo 146 sobre el.
Este mandato legal, insistió, obliga a los juzgadores a ponderar de forma independiente factores como la complejidad del caso declarada judicialmente, la y la , sin que sea necesario que concurran las tres causales simultáneamente para justificar la continuidad de la.
En la réplica del expuso también el fiscal , quien recordó «la «, con una acusación de 12,274 páginas, el sometimiento de «62 acusados, 441 testimonios, 77 periciales, 2,876 documentales y 168 materiales».
Ramírez refutó las afirmaciones de la de Jean Alain, que acusa al órgano persecutor de ser el causante de las , al afirmar el miembro del «que gran parte del tiempo transcurrido se explica por solicitudes de aplazamiento, incidentes, recusaciones, recursos de apelación y de casación promovidos» por los abogados del exfuncionario y la mayoría declarados inadmisibles.
Asimismo, señaló que la propia solicitó para examinar las y pidió la entrega física de la totalidad del , alegando la naturaleza excepcional del caso.
Según expuso, existen que contradicen dichas imputaciones contra la y «que confirman que los respondieron a razones justificadas para garantizar el derecho de de todas las partes».
Las juezas del del Distrito Nacional, , Clara Castillo y Yissell Soto recesaron la para el próximo lunes a las 10:00 de la mañana..











