Debate sobre plazos procesales y prejudicialidad sacude el sistema de justicia
El Ministerio Público impugnó a la jueza Arlin Ventura Jiménez por su voto disidente en el caso de presunta malversación que encabeza el exministro Donald Guerrero, pero las otras dos juezas del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazaron la solicitud. El caso pone en el centro del debate la duración de los procesos penales en República Dominicana.
El pasado lunes, el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional debatió si el juicio había excedido el tiempo legal establecido. Las magistradas Leticia Martínez Noboa y Eveline Rodríguez estimaron que el plazo máximo de duración del proceso no se ha cumplido, mientras que Ventura Jiménez consideró que sí está vencido y agotó el plazo razonable.
La titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, motivó la recusación contra la presidenta del tribunal argumentando que Ventura Jiménez no está en capacidad de analizar las pruebas del juicio de fondo. Según Ortiz, el voto disidente de la magistrada al considerar que el expediente acusatorio está ‘ampliamente vencido’ ya ha prejuzgado sobre el fondo del proceso contra los exfuncionarios.
Ventura Jiménez sustentó su decisión en que las pretensiones de las defensas son compatibles con el derecho de los procesados a ser juzgados dentro de un plazo razonable, reconocido en el artículo 69.2 de la Constitución y en instrumentos internacionales de derechos humanos. La jueza citó el caso de Donald Guerrero, que lleva cinco años y casi diez meses sin sentencia, aunque el exministro no estuvo entre los que solicitaron la extinción de la acción penal.
La magistrada sostuvo que la ley más favorable es la 97-25 del Código Procesal Penal, en su artículo 150, y no el artículo 148 de la Ley 10-15. Advirtió que medidas como alertas migratorias o inmovilización de fondos restringen la libertad y la dignidad, por lo que no pueden quedar fuera del control temporal. Los primeros imputados en presentar la solicitud de extinción fueron Ángel Lockward y Manuel Milcíades Morill.











