La gestión adecuada de los residuos sólidos constituye uno de los mayores desafíos ambientales de la República Dominicana.
Nadie cuestiona la necesidad de fortalecer el sistema, garantizar recursos para su funcionamiento y avanzar hacia un modelo más sostenible.
Sin embargo, una buena intención puede convertirse en una mala política pública cuando el mecanismo para financiarla resulta técnicamente incorrecto.
El principal problema de la reciente modificación a la Ley 225-20 no radica en la necesidad de recaudar fondos para fortalecer la gestión de los residuos.
El verdadero problema está en el esquema de tarifas aprobado y, especialmente, en la base imponible utilizada para calcular las contribuciones.
Resulta difícil justificar que el monto que debe pagar una empresa esté determinado por sus ingresos y no por la cantidad de residuos que realmente genera.
Desde una perspectiva técnica, económica e incluso ambiental, este criterio rompe con el principio de proporcionalidad que debería regir cualquier sistema de contribuciones.
Los ingresos reflejan la actividad comercial de una empresa, no su impacto ambiental.
Dos empresas pueden facturar exactamente lo mismo y, sin embargo, producir volúmenes de residuos completamente diferentes.
Bajo el esquema aprobado, ambas podrían terminar pagando montos similares, aun cuando una genere una carga ambiental significativamente mayor que la otra.
Esta distorsión convierte el sistema en un mecanismo que termina gravando el éxito empresarial más que la generación de residuos.
En lugar de incentivar una mejor gestión ambiental, introduce un criterio que poco tiene que ver con el objetivo que persigue la propia ley.
Si la finalidad es financiar adecuadamente el sistema nacional de gestión de residuos, la lógica indica que las contribuciones deben guardar relación con el costo que cada actividad representa para dicho sistema.
Ese es el principio que aplican numerosos modelos internacionales: quien genera más residuos, aporta más; quien genera menos, aporta menos.
Cuando la base imponible deja de responder al hecho que se pretende regular, el sistema pierde legitimidad.
Las empresas no cuestionan necesariamente la obligación de contribuir al financiamiento de una política pública ambiental; lo que resulta cuestionable es que esa contribución se calcule sobre un indicador que no mide el problema que se intenta resolver.
Un esquema construido sobre los ingresos puede producir efectos económicos importantes.
Sectores con altos niveles de facturación, pero con baja generación de residuos, asumirían cargas considerablemente superiores a otras actividades con mayor impacto ambiental.
Esto afecta la equidad del sistema y puede traducirse en pérdida de competitividad, incremento de costos y mayores precios para consumidores y productores.
Las políticas ambientales deben promover cambios de comportamiento.
Sin embargo, un modelo tarifario basado en las ventas no incentiva la reducción de residuos, porque la obligación económica permanece desvinculada del desempeño ambiental de cada empresa.
Reducir la generación de desechos no necesariamente reduce la contribución que deberá pagar.
Por esa razón, el esquema aprobado representa un desacierto en su diseño.
No porque la protección ambiental sea equivocada, sino porque el mecanismo escogido para financiarla no guarda una relación directa con el fenómeno que pretende regular.
El país necesita una Ley de Residuos Sólidos fuerte, moderna y financieramente sostenible.
Pero también necesita que sus instrumentos sean técnicamente correctos.
La sostenibilidad ambiental no debe construirse sobre esquemas que generen inequidades económicas ni sobre bases imponibles que desvirtúen el propósito de la norma.
Todavía existe espacio para revisar el modelo tarifario y construir un sistema más justo, transparente y eficiente.
Un esquema donde las contribuciones respondan a la generación real de residuos fortalecería la legitimidad de la ley, incentivaría mejores prácticas ambientales y garantizaría un financiamiento más coherente con los principios de justicia tributaria y sostenibilidad.
Porque el debate no es si debe existir una ley para gestionar los residuos sólidos.
El verdadero debate es si esa ley debe cobrar por lo que una empresa vende o por los residuos que realmente genera.
Y, desde cualquier perspectiva técnica, la respuesta parece evidente.
Tags relacionados LAS MÁS RECIENTES Edición impresa la república-ciudad la república-justicia.










