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Politica

República Dominicana estrena y aplica desde hoy un nuevo Código Penal

La República Dominicana comenzará a aplicar desde este lunes 3 de agosto el nuevo . Este sustituye la legislación que estuvo vigente desde 1884 e introduce decenas de figuras delictivas, endurece sanciones para diversos crímenes y proporciona a los jueces una herramienta novedosa para castigar los delitos.

La entrada en vigor se produce un año después de la promulgación de la Ley 74-25, el 3 de agosto del 2025, y en cumplimiento del artículo 393, que otorgó un plazo de 12 meses para su aplicación.

Ese plazo se cumple este lunes, y el propio presidente Luis Abinader, al ser entrevistado sobre cuestionamientos a algunos artículos de la normativa, ratificó que la entrada en vigencia no se iba a aplazar.

Entre sus principales novedades, el incorpora que no existían en el antiguo código e incrementa las penas para múltiples delitos.

En los casos más graves, contempla condenas de hasta y, bajo determinadas circunstancias previstas en la ley, acumulaciones de penas que pueden alcanzar los.

Asimismo, actualiza la tipificación de delitos tecnológicos y fortalece el marco legal para perseguir modalidades criminales que no estaban contempladas en la legislación anterior.

La aprobación del fue el resultado de un proceso legislativo que se prolongó durante casi tres décadas y que estuvo marcado por intensos debates, observaciones presidenciales, decisiones del Tribunal Constitucional y múltiples intentos fallidos en el Congreso Nacional antes de que la Ley 74-25 fuera finalmente aprobada y promulgada.

Casi un año después de ser aprobada y antes de entrar en vigencia, la Ley sufrió su en varios artículos señalados por vulnerar la libertad de expresión y el.

En menos de dos semanas, el Congreso aprobó a artículos vinculados al , la difusión de imágenes privadas, la , la malversación de fondos, la de las empresas y otros puntos.

Las críticas llevaron incluso a que en el Congreso se presentaran iniciativas para en vigor del Código por , mientras se discutían puntuales.

También se abrió un proceso para recibir apenas un año después de la aprobación de la ley.

No obstante, esas iniciativas no prosperaron antes del vencimiento del plazo establecido por el , por lo que la legislación comenzó a aplicarse este.

Antes de ser modificado por primera vez, el fue blanco de porque aquellos cambios se aprobaron en solo.

En ese sentido, el presidente del , , utilizó su más reciente para responder que el «no fue salcochado» ya que el Congreso tardó en aprobar la.

«Cuando el llegó, algunos de los que estudiaron la no habían nacido», sostuvo el presidente del órgano congresual.

Aún así, el vigente desde hoy se enfrenta a que se dirimen en el y que, dependiendo del fallo de los jueces, podrían alterar o mantener o algunos puntos de la ley.

En el trajín para aprobar el , cuando aún era , la pieza perimió muchas veces y en otras no encontró la votación reglamentaria que requiere una.

Esencialmente, las diferencias en torno al proyecto se basaron en la , aún en situaciones especiales, la de iglesias y partidos políticos, los métodos correctivos de padres a hijos, la de los delitos de corrupción y otros temas que quedaron fuera de la ley y que causaron el retraso de las propuestas penales.

Con la entrada en vigor del concluye la vigencia del que regía desde 1884 y se inicia una nueva etapa para el dominicano, con un marco normativo que amplía el catálogo de delitos y modifica el régimen de sanciones aplicables en el país..

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