Proyecto aprobado en segunda lectura pasa a Diputados y genera debate sobre alcance constitucional
El Senado de la República aprobó en segunda discusión un proyecto de ley que busca garantizar la protección contra enfermedades prevenibles mediante la vacunación. La iniciativa, que establece un deber ciudadano de permitir la inoculación y responsabiliza a los padres de vacunar a los menores, será enviada a la Cámara de Diputados.
El Senado de la República aprobó en segunda discusión un proyecto de ley que busca garantizar la protección adecuada de la población contra enfermedades prevenibles a través de la vacunación. La iniciativa será enviada a la Cámara de Diputados, donde los representantes tendrán que decidir si culminar su aprobación para luego tramitarla hacia el Poder Ejecutivo.
El texto legal, aunque no utiliza la palabra obligación, establece como un deber para los ciudadanos el permitir que les sea realizado un proceso de inoculación. El artículo 14 señala que las personas que habiten en territorio nacional son corresponsables con el Estado de mantener actualizado su estado vacunal y deberán permitir que les sean aplicadas las vacunas que correspondan, según su edad y esquema, y que la información se registre en la tarjeta de vacunación. Asimismo, quienes ejerzan la tutela de menores de edad u otros que no puedan decidir por sí mismas estarán obligadas a tomar las medidas necesarias para que reciban las vacunas.
El artículo 23 indica que los padres son los responsables de cumplir con la obligación de asegurar la vacunación de los niños, niñas y adolescentes, conforme al artículo 61 de la Carta Magna. Sin embargo, el numeral 61 de la Constitución solo hace referencia al derecho a recibir salud integral y a la responsabilidad del Estado de velar por la protección, sin especificar que los padres o representantes legales deben cumplir con la obligación de vacunar. La propuesta legislativa también ordena que los directores o administradores de instituciones públicas o privadas que tengan bajo su cuidado a menores tienen el deber de mantener actualizada la tarjeta de vacunación.
Los senadores Daniel Rivera, Johnson Encarnación, Lía Díaz y Ginette Bournigal son los autores de este documento. Estos recomiendan que el personal de salud de cualquier institución del sector público y privado esté obligado administrativamente a participar en jornadas, campañas y operativos de vacunación cuando las autoridades así lo requieran. Los doctores, enfermeros y demás trabajadores autorizados deberán comentarles a los pacientes los detalles sobre el contenido líquido que recibirá su cuerpo. Este deberá ser suministrado de manera gratuita por el Estado; en caso de ser aplicado en un centro privado, el ciudadano deberá asumir los costos. El Ministerio de Salud Pública y Asistencia (Mispas) es la autoridad encargada de definir e implementar la política nacional de vacunación. El artículo 50 contempla una pena de tres meses a dos años.












