Sentencia TC/0855/26 establece que la transparencia patrimonial es obligatoria para todos los funcionarios
El Tribunal Constitucional rechazó de manera definitiva una demanda que pretendía liberar a los directores, gerentes y altos cargos de los bancos y empresas del Estado de presentar su declaración jurada de bienes. La sentencia TC/0855/26 marca un precedente sobre el control público de los recursos en entidades como Banreservas, Bagrícola y BANDEX.
La demanda, presentada por dos ciudadanos, buscaba anular partes de la Ley 311-14. Los demandantes sostenían que, como los bancos estatales compiten en el mercado en igualdad de condiciones que los bancos privados, sus directores no deberían tener las mismas obligaciones de control público que los funcionarios comunes, y que la norma podría entrar en conflicto con las reglas de la Junta Monetaria.
El Tribunal Constitucional desestimó esos argumentos en su totalidad. La corte aclaró que la obligación de declarar bienes recae sobre las personas físicas que ocupan cargos de dirección y manejan recursos públicos, no sobre los bancos como empresas.
El fallo subraya que la Constitución exige transparencia y lucha contra la corrupción a todo el que trabaje para el Estado. En consecuencia, aunque un banco estatal opere con criterios comerciales o busque rentabilidad, sus directores y gerentes mantienen el mismo deber de transparentar su patrimonio que cualquier otro funcionario.
El Estado dominicano es propietario de entidades financieras públicas y decenas de empresas estatales, entre ellas el Banco de Reservas, el Banco Agrícola y el BANDEX. La decisión del TC reafirma el principio de que la gestión de recursos públicos, sin importar la naturaleza jurídica de la entidad, está sujeta al escrutinio ciudadano.












