Fallo ratifica suspensión de Inversiones Qtek y Mediterráneo; empresario acusa contradicción en DGCP
El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ratificó la suspensión del registro de proveedores del Estado a Inversiones Qtek S.R.L. y Mediterráneo Investments Group, confirmando la medida administrativa de la DGCP. La decisión marca un precedente en la jurisdicción administrativa al priorizar la transparencia sobre intereses patrimoniales.
La sentencia número 0030-01-2026-SSMC-00002 rechazó la solicitud de medida cautelar anticipada de ambas empresas y confirmó la validez de la suspensión preventiva. El tribunal constató que la DGCP actuó en el estricto ejercicio de sus facultades legales, amparada en los artículos 14 de la Ley 340-06 y 19 de su reglamento (Decreto 416-23), para proteger la integridad del sistema de contrataciones.
El magistrado Diómedes Y. Villalona G., juez presidente del TSA, dictaminó que la parte demandante no demostró la ‘apariencia de buen derecho’ necesaria para suspender el acto administrativo. La DGCP calificó el fallo como un precedente que prioriza la transparencia estatal y mantiene vigente la medida cautelar hasta que concluyan las investigaciones del Ministerio Público y se emita un fallo sobre el recurso contencioso principal.
El empresario Munir Manuel Kury Hazoury, en representación de ambas empresas, cuestionó públicamente al director de la DGCP, Carlos Pimentel, acusándolo de mantener una posición contradictoria entre su discurso sobre el debido proceso y las actuaciones de la institución. Kury Hazoury afirmó que desde el 21 de noviembre de 2025 solicitó acceso a un informe elaborado por la institución bajo la autoría de Pimentel, el cual no pudo responder.
La suspensión fue ordenada y ejecutada por la DGCP en noviembre de 2025 a solicitud del Ministerio Público, que mantiene una investigación penal abierta vinculada a estas sociedades. El fallo aclara que la suspensión es una inhabilitación temporal para adjudicaciones futuras, pero no afecta la ejecución ni el pago de los contratos previamente adjudicados, por lo que las instituciones contratantes deben honrar los compromisos de obras o servicios entregados.











