La proximidad del 16 de agosto ha reactivado las expectativas dentro de las Fuerzas Armadas ante posibles cambios en su de mando, especialmente en el y la , cuyos comandantes generales cumplirán ese día el período máximo de dos años establecido por la de las Fuerzas Armadas.
En los círculos militares se mencionan varios como posibles , sobre todo para encabezar el Ejército, aunque hasta ahora no existe una decisión oficial ni un decreto que permita establecer quiénes serían promovidos, trasladados o puestos en.
También circula la versión de que el actual de Defensa tendría interés en permanecer hasta , completando cuatro años en el cargo, como ocurrió con sus dos antecesores.
Esa intención no ha sido confirmada públicamente y su continuidad depende del de la República.
La legislación distingue entre el ministro y los comandantes generales.
El de la dispone que los titulares del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea pueden permanecer un máximo de.
Al concluir ese período deben ser puestos en , salvo que el los designe en otra de igual o mayor jerarquía.
Por tanto, la situación del Ejército y la Fuerza Aérea deberá definirse este mes.
La está en una condición distinta.
Su actual fue designado en y todavía no completa un año.
Podría continuar hasta 2027, aunque el presidente conserva la facultad de sustituirlo antes.
El , en cambio, no tiene un período fijo.
La reconoce al como autoridad suprema de las Fuerzas Armadas y le permite nombrar o separar a sus integrantes.
Los artículos 32 y 35 de la Ley 139-13 establecen que el ministro es designado por el Poder Ejecutivo, pero no fijan un plazo mínimo o máximo.
Una permanencia durante sería legalmente posible, aunque no constituye un.
Los dos ministros anteriores permanecieron cada uno, creando un administrativo, no una obligación jurídica.
Otros cargos superiores, como el , el , los subcomandantes e inspectores de cada fuerza y los agregados militares, también tienen límites de.
En los niveles inferiores, como , , bases y comandos, no existe una regla general que obligue a realizar cambios cada 16 de agosto.
Los movimientos pueden producirse durante todo el año según las necesidades del servicio, las vacantes, los y la preparación profesional.
Las en la cúpula, sin embargo, repercuten en toda la.
Cuando las posiciones superiores permanecen ocupadas, se reducen los espacios para trasladar comandantes salientes, promover y colocar oficiales que esperan avanzar.
La ley limita además la cantidad de y almirantes y dispone el de quienes acumulen diez años en ese rango, salvo que ocupen funciones de.
Esto explica parte de la presión interna que suele concentrarse en agosto..










